¿Qué es la excedencia voluntaria?
La excedencia voluntaria es una situación administrativa que permite a los funcionarios de carrera interrumpir temporalmente su actividad en el servicio público por razones personales o profesionales, conservando el derecho a reincorporarse posteriormente, según los requisitos establecidos por la normativa. Está regulada principalmente por el artículo 89 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Requisitos generales
Para poder solicitarla, el funcionario debe:
-
Ser funcionario de carrera.
-
Tener un mínimo de 5 años de servicios efectivos en cualquier administración pública.
-
No estar sometido a un expediente disciplinario.
-
Solicitarla de forma voluntaria y por escrito, exponiendo los motivos.
-
Que las necesidades del servicio lo permitan (la administración puede denegarla si lo justifica adecuadamente).
Duración
-
Duración mínima: 2 años.
-
Duración máxima: No hay un límite estricto en la ley, pero algunas administraciones establecen plazos máximos entre 10 y 15 años, según el tiempo acumulado de servicio público.
-
Durante este periodo, no se puede solicitar una nueva excedencia hasta cumplir con la mínima.
Efectos y condiciones
-
No es remunerada: no se percibe sueldo ni complementos.
-
No computa a efectos de trienios, antigüedad ni carrera profesional.
-
No se reserva el puesto de trabajo, pero sí se tiene derecho preferente de reingreso en una vacante de igual o similar categoría.
-
No se cotiza a la Seguridad Social salvo que el funcionario lo haga por cuenta propia.
Procedimiento de solicitud
-
Presentar solicitud por escrito ante el órgano de personal correspondiente.
-
Adjuntar documentación justificativa si procede.
-
La administración responde (concede o deniega) motivadamente.
-
Una vez transcurrido el periodo mínimo (2 años), se podrá solicitar el reingreso al servicio activo en una plaza disponible.
¿Se puede reincorporar antes de tiempo?
No, la excedencia voluntaria por interés particular tiene una duración mínima obligatoria de 2 años. Solo puede solicitarse el reingreso una vez cumplido este plazo.
Tipos relacionados
Además de la excedencia por interés particular, existen otros tipos:
-
Excedencia por agrupación familiar
-
Excedencia por cuidado de hijos o familiares
-
Excedencia por incompatibilidad
-
Excedencia por violencia de género o terrorismo
Cada una tiene sus propios requisitos y efectos específicos.
Ventajas e inconvenientes
Ventajas
-
Flexibilidad para desarrollar actividades personales, emprender o trabajar en el sector privado.
-
Permite una desconexión temporal sin perder la condición de funcionario.
Inconvenientes
-
No hay sueldo ni cotización durante el tiempo en excedencia.
-
No se reserva el puesto.
-
El reingreso no es automático ni inmediato; depende de vacantes disponibles.
La excedencia voluntaria por interés particular es una herramienta útil para quienes buscan un paréntesis en su carrera administrativa, ya sea para emprender, estudiar, cuidar a familiares o simplemente descansar. Eso sí, requiere una planificación cuidadosa, ya que implica perder derechos económicos y depender de vacantes para volver.
La OEP 2025 aprobada el 15 de Julio contempla un total de 36.588 plazas, de las cuales 26.889 están destinadas a la Administración General del Estado (AGE)
OPINIONES
Mi experiencia con esta academia, de la que he sido alumno tres años, ha sido muy buena. Contenidos completos y actualizados y los preparadores muy profesionales. Un trato siempre muy rápido y agradable, una gran opción para opositar.
Albano Posada
La formación me está pareciendo excelente. Los profesores explican muy bien y el material es completo. En general recibo más de lo que esperaba y estoy muy contenta.
Montse Douton
Gracias a Innova he conseguido mi plaza para toda la vida como administrativo del Estado. Solo tengo palabras de agradecimiento para todos los profesionales que trabajan en la academia.
Miguel Ángel